1. Pobreza Energética
La utilización del término
"pobreza energética" (PE) surgió en el Reino Unido en los años 80 y
se le atribuye a Bradshaw y Hutton. Sin embargo fue Brenda
Boardman a partir de los 90 que propone una definición más
precisa, y está referida a la "incapacidad para un hogar de obtener una
cantidad adecuada de servicios energéticos cuando estos superan el 10% de sus
ingresos". Esta definición se amplía a partir de 2001 puntualizando que se
trata de "la situación de un hogar que tiene que dedicar más del 10% de
sus ingresos para alcanzar un nivel satisfactorio de calor en su vivienda,
medido en 21 grados en la habitación principal y 18 grados en las demás
habitaciones". Esta propuesta aceptada en el Reino Unido ha servido de
referencia para otros países, exceptuando Escocia, que ha establecido como
parámetros para personas vulnerables, 23 grados para la habitación principal y
18 grados para otras habitaciones.
En 2013 un nuevo enfoque es
introducido por Hills fundamentada en el indicador Low Income, High Cost (LIHC)
y la misma reza, "que un hogar se encuentra en situación de PE si sus
ingresos totales están por debajo de un umbral determinado (60% de la mediana
de ingresos de la población) y sus gastos energéticos están por encima de la
mediana de gasto del conjunto de la población." Más allá de las
diferencias que podríamos encontrar en cada una de las definiciones
mencionadas, es posible extraer claramente que la PE abarca al menos tres
elementos: ingresos, precios de los
combustibles y el consumo energético.
En la Unión Europea (UE) se
estima que más de 50 millones de personas podrían encontrarse en esa situación,
es decir, que tienen dificultades para abonar las facturas de la energía o ven
limitado el acceso a ella debido a sus bajos ingresos, a las condiciones de sus
viviendas con pésimo aislamiento térmico, equipamientos con escaso rendimiento
para calefacción, cocina, agua caliente, o simplemente por los elevados costes
de la energía.
La PE se hace visible en la UE
principalmente en los países incorporados en las últimas ampliaciones, tal es
el caso de: Republica Checa, Eslovaquia, Polonia, Hungría, Bulgaria y Rumania.
Sin embargo no tan al este, en España, un poco más del 15% de la población
sufre de PE. En Cataluña, una de las comunidades autónomas de mayor poder
adquisitivo, el 10,9% de los hogares declaran que no pueden mantener la
vivienda a una temperatura adecuada. De allí que ese país registre uno de los
mayores índices de mortalidad en invierno de toda la UE.
2. Quantum y mínimum existencial de energía necesaria
El acceso a la energía
implica más que un primer suministro para el hogar, la posibilidad de un
consumo de energía mínimo, cuya cantidad varía en función de, si el hogar se
encuentra en una zona rural o en un área urbana. Es importante destacar sin
embargo, que los patrones y las necesidades de consumo de energía y en
particular de electricidad varían considerablemente entre el sector rural y el
sector urbano. Esta diferencia se acentúa cuando se trata de países
desarrollados, en vías de desarrollo y países muy pobres.
En el marco del consumo
mínimo, el World Economic Outlook (WEO) señala en su informe de 2011 un
estimado de consumo de electricidad de
250 kWh y 500 kWh por año para hogares rurales y urbanos respectivamente.
Las estimaciones sobre un
existencial mínimo de consumo de electricidad son relevantes para diseñar
subsidios o programas sociales para proteger a aquellas familias que se
encuentran en situación de pobreza e indigencia y puedan en consecuencia contar
con un suministro energético básico para cubrir sus necesidades básicas.
Un estudio realizado por el
Fondo de Inclusión social Energético (FISE) demuestra que el requisito
categórico de consumo mínimo de 30 kWh por mes, es el adecuado y eficiente para
seleccionar a un hogar como beneficiario del “Programa de Promoción para el
Acceso al GLP”, a fin de contribuir a mitigar su condición de vulnerabilidad y
pobreza energética. Esa cantidad de 30 Kwh por mes, es decir, 360 Kw por año,
es ligeramente superior a lo estimado por WEO, pero con un elemento diferencial
y es que propone una línea que mide el nivel de pobreza de una familia en
cuanto a disponer o no de energía mínima para atender sus necesidades básicas;
para cocción, alumbramiento y calefacción, entre otras.
Muchos países considerando su
propio mínimo existencial en materia de acceso a la energía, han establecido
programas de incentivos o subsidios a los sectores más pobres de la sociedad.
Por ejemplo Paraguay, en el decreto presidencial No. 6.474, del 20 de abril de 2011, estableció una
tarifa social que reduce en un 25% la
factura cuando el consumo es entre 201 hasta 300 KWh/mes, de 50%, cuando el
consumo es entre 101 hasta 200 KWh/mes y de 75% cuando el consumo es entre 1
hasta 100 KWh/mes.
En España se implementó a
partir del 1 de julio de 2009 el bono social para los consumidores denominados
vulnerables con una potencia contratada inferior a 3 kW por día, esto es, 1080
Kw hora por año. Aunque esta cantidad es casi cuatro veces superior a los
mínimos antes mencionados, su estimación parte de disparejas variables, entre
las cuales hay que mencionar, que se trata de un país desarrollado donde los
niveles habituales de consumo de energía tienen parámetros que se distancian de
regiones pobres rurales o urbanas, tanto de África, Asía, como de
Latinoamérica. En este sentido el acceso a un existencial mínimo de energía,
aunque se relativiza de región en región, claramente representa un indicador
que mide los niveles de pobreza en que se encuentran millones de familias en el
mundo y que tienen negado el derecho y las oportunidades de mejorar su calidad
de vida. A pesar de esa importancia básica y fundamental que tiene el acceso a
la energía para el desarrollo humano, las acciones, medidas o políticas
públicas para asegurar que todas las personas tengan la posibilidad de
disponerla, son insuficientes, en muchos casos ineficaz y en otros
inexistentes.
3. La Pobreza Energética en Venezuela
En el contexto venezolano la PE
se ha extendido más allá de las categorías que identifican el término y que
afectaban a ciertos grupos sociales vulnerables. Este país rico en recursos
naturales energéticos, padece de PE, no por limitados ingresos, ni por los
elevados costes de los combustibles,
sino fundamentalmente por el consumo energético. Es decir, que a diferencia de
Europa, donde el elemento económico determina la cantidad de energía que se
consume, en Venezuela y otros países de América Latina, es el acceso al
consumo.
Por ello la PE tiene y debe
poder definirse en un contexto que la vincule más fuertemente a la posibilidad real de acceder a los servicios
energéticos. En esta hipótesis nos encontraremos en el terreno donde
disponiendo de los ingresos suficientes para cubrir los costes de los
combustibles o del precio de la electricidad, ésta sin embargo no está al
alcance de los usuarios y destinatarios, sencillamente por inexistente.
Otro elemento que debe ser
analizado a profundidad tiene que ver con las causas que impiden el acceso a la
energía. Una de ellas es la falta de infraestructuras o de combustibles para la
generación de electricidad, donde aquellas existen. En el caso que nos ocupa,
se trata de un país con excelentes infraestructuras levantadas durante más de 70
años y con descomunales fuentes primarias para operar plantas hidroeléctricas y
termoeléctricas y aun así el acceso a la energía es cada vez menor.
En este escenario el concepto
de PE aplica a la variable acceso a los
servicios energéticos, por causas de inhabilitación, desmantelamiento,
destrucción y ruina del Servicio Eléctrico Nacional (SEN), imputable a sus
gestores. La dimensión de la PE en Venezuela se mide por una producción de
energía que para 1998 era de 14.787 MW y atendía a 23.48 millones de
habitantes, frente a una capacidad disponible de 17.200 MW para atender una
demanda actual que supera los 18.300 MW y a una población ligeramente superior
a 30 millones de habitantes.
Estas cifras nos indican que
mientras en 1998 el SEN producía por habitante 3.418 KWh y generaba un consumo
por habitante de 2.563 KWh (Rodolfo Tellería: Historia del Desarrollo del
Servicio Eléctrico en Venezuela, 1880-1998, p. 181), 18 años más tarde, esas
cantidades se han reducido al menos en un 40%, lo que significa un consumo por
habitante de cerca de 1.000 KWh. De este modo, Venezuela se habría desplomado
al menos 50 puestos, en términos de consumo de electricidad, al pasar de los
puestos 80 al 83 que compartía con Chile y Argentina, al puesto 130, cerca de
Paraguay, por debajo de Cuba, Jamaica, El Salvador, Zimbabue, entre otros. (IndexMundi: Consumo de electricidad per cápita).
Por otra parte estos pavorosos
datos se confirman y se ven reflejados en los permanentes cortes de luz, en el
estado en que se encuentra la economía y el aparato productivo del país, que
está provocando una crisis humanitaria jamás vivida en el rico país Venezuela:
carencia de alimentos, medicinas, repuestos para vehículos, caída de la
inversión, inflación, delincuencia y desde luego la fuga de talento joven que
se cuenta por millones.
Voces autorizadas hablan de una
crisis provocada intencionalmente para empobrecer a la población y facilitar el
control y garantizar la permanencia en el poder de quienes gobiernan.
Si esto es así, más allá de los
beneficios económicos que les ha reportado la corrupción en la compra de
equipos usados, los sobornos en las compras multimillonarias de turbinas etc,
estaríamos en presencia de crímenes de lesa humanidad, de acuerdo con el
Estatuto de Roma de 1998, mediante el cual se creó la Corte Penal
Internacional. Así tenemos por ejemplo el Exterminio, que está
referido a la imposición intencional de condiciones de vida,
entre otras, la privación del acceso a alimentos o medicinas, encaminadas a
causar la destrucción de parte de una población o la Deportación o Desplazamiento Forzoso,
que como sabemos, ha echado del país a millones de venezolanos que huyen de las
dramática realidad venezolana.
Es importante recordar que
estos delitos no prescriben y que tarde o temprano quienes han causado tanto
sufrimiento al pueblo venezolano, deberán responder ante la justicia por sus
actos.
La Justicia es la reina de las
virtudes republicanas y con ella se sostiene la igualdad y la libertad (Simón Bolívar)